Con fecha 29 de agosto de 2022, el Presidente de la República firmó el mensaje que ratifica el Convenio N°190 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la violencia y el acoso en el trabajo, el que ahora será sometido a la aprobación del Congreso.
En términos generales, el convenio prescribe que los Estados deben respetar, promover y asegurar el disfrute del derecho de toda persona a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso. Para estos efectos, requiere la adopción de una serie de medidas, como son, entre otras, la adopción-de conformidad con la legislación y situación nacional y en consulta con las organizaciones representativas de los trabajadores- de un enfoque inclusivo e integrado y que tenga en cuenta las consideraciones de género para prevenir y eliminar la violencia, y el acoso en el mundo del trabajo.
Sobre el particular, requiere: (i) prohibir legalmente la violencia y el acoso; (ii) velar por que las políticas pertinentes aborden la violencia y el acoso; (iii) adoptar una estrategia integral a fin de aplicar medidas para prevenir y combatir la violencia y el acoso; (iv) establecer mecanismos de control de la aplicación y de seguimiento o fortalecer los mecanismos existentes; (v) velar por que las víctimas tengan acceso a vías de recurso y reparación y a medidas de apoyo; (vi) prever sanciones; (vii) desarrollar herramientas, orientaciones y actividades de educación y de formación, y de sensibilización; y (viii) garantizar que existan medios de inspección e investigación efectivos de los casos de violencia y acoso.
El Convenio, además, requiere que se implemente la normativa que exija a los empleadores tomar medidas apropiadas y acordes con su grado de control para prevenir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.
En consecuencia, la ratificación del Convenio exigirá una revisión por parte del legislador de los actuales sistemas que prevé la ley para prevenir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, como son, los ilícitos de acoso sexual, laboral, discriminación y la prohibición del principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres.