El 10 de marzo de 2023 se publicó en el Diario Oficial la Ley N°21.545. Esta ley busca asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades y resguardar la inclusión social de los niños, niñas, adolescentes y adultos con trastorno del espectro autista; eliminar cualquier forma de discriminación; promover un abordaje integral de dichas personas en el ámbito social, de la salud y de la educación, y concientizar a la sociedad sobre esta temática.
En materia laboral, esta ley agrega el artículo 66 quinquies al Código del Trabajo, estableciendo un nuevo permiso laboral para aquellos trabajadores o funcionarios públicos que sean padres, madres o tutores legales de menores de edad, debidamente diagnosticados con trastorno del espectro autista. Dicho permiso los faculta para acudir a emergencias respecto a la integridad de sus hijos o del menor bajo su tutela legal, en los establecimientos educacionales en los cuales cursen parvularia, básica o media.
El tiempo que estos trabajadores destinen a la atención de estas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos legales. El empleador no podrá, en caso alguno, calificar esta salida como intempestiva e injustificada para configurar la causal de abandono de trabajo establecida en la letra a) del número 4 del artículo 160, o como fundamento de una investigación sumaria o de un sumario administrativo, en su caso.
Para poder hacer uso de este permiso, el trabajador o funcionario, deberá informar a la Inspección del Trabajo del territorio respectivo respecto a la circunstancia de tener un hijo, hija o menor bajo su tutela legal, diagnosticado con trastorno del espectro
autista.