Ley N° 21.725. Entrada en vigor de las modificaciones a la ley de inclusión laboral de personas con discapacidad

La Ley N°21.725 modificó el Código del Trabajo en materia de inclusión laboral de personas con discapacidad. La ley, publicada en octubre de 2020, entrará en vigor el 1 de noviembre próximo y establece nuevas obligaciones en materia de inclusión laboral para las empresas que tengan más de 100 trabajadores. En síntesis, se requerirá que:

  1. Al menos uno de los trabajadores que se desempeñe en funciones relacionadas con recursos humanos de la empresa, cuente con conocimientos específicos en materias que fomenten la inclusión laboral de personas con discapacidad (Gestor de Inclusión). No es necesaria una nueva contratación, pero sí acreditar que al menos un trabajador tenga los conocimientos requeridos, por medio de una certificación emitida por el Sistema de Nacional de Certificación de Competencias Laborales establecido en la Ley N°20.267.1
  2. Las empresas promuevan en su interior políticas en materias de inclusión, las que deben ser informadas anualmente a la Dirección del Trabajo, de conformidad al reglamento a que se refiere el inciso final del artículo 157 bis del Código del Trabajo.
  3. Las empresas elaboren y ejecuten anualmente programas de capacitación a su personal, con el objeto de otorgarles herramientas para una efectiva inclusión laboral dentro de la empresa.
  4. Las actividades realizadas durante la jornada de trabajo o fuera de ella deberán considerar las normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad a que se refiere la Ley N°20.422, como también los principios generales contenidos en las demás normas vigentes sobre la materia.

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