El 20 de junio de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.459 (la Ley), que establece normas sobre Delitos Informáticos y, entre otros cambios, modifica la N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas, para ampliar el catálogo de delitos que dan lugar a la responsabilidad penal de la persona jurídica, incorporándose los delitos informáticos.
Esta normativa busca modernizar y adecuar nuestro ordenamiento al Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, también denominado como “Convenio de Budapest”, debido a los avances de la tecnología y los riesgos que genera el ciberespacio. En este sentido, se sancionan como delitos conductas contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y sistemas informáticos1 y delitos informáticos2.
Relevante desde un punto de vista laboral es que la Ley amplía el catálogo de delitos que dan lugar a la responsabilidad penal de la persona jurídica, incorporándose los delitos informáticos en el artículo 1 de la Ley N°20.393. De esta manera, será necesario analizar la necesidad de actualizar los sistemas de prevención de delitos existentes en la empresa y, en consecuencia, las obligaciones y prohibiciones a que están sujetos los trabajadores/as para su prevención. 3 La modificación a la Ley N°20.393 entrará en vigor a contar del 21 de diciembre de 2022.