Decreto N°56, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (publicado en el Diario Oficial de 1 de febrero de 2024).

Este decreto modifica el DS N°64 de 2017, del mismo Ministerio, que aprueba el reglamento del Capítulo II “De la inclusión laboral de personas con discapacidad”, del Título III del Libro I del Código del Trabajo (Ley N°21.015 que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral).

Dispone que, únicamente para el año 2024, las empresas que estén habilitadas para cumplir de forma subsidiaria con lo dispuesto en la Ley de Inclusión, y que deseen hacerlo a través de la modalidad de donaciones, tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2024 para realizar estos pagos, debiendo informar de esto a la Dirección del Trabajo a través de su página web dentro del plazo de 30 días.

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