La ley N°21.456 de 2022, determinó un reajuste progresivo del valor del ingreso mínimo, estableciendo que, en el evento de que la variación acumulada experimentada por el IPC supere el 7% en un periodo de doce meses a diciembre de 2022, el ingreso mínimo mensual se elevará a $410.000, para los trabajadores mayores de 18 años y hasta de 65 años de edad, a partir de enero de 2023.
De esta manera, atendido que el sueldo o sueldo base no puede ser inferior al ingreso mínimo mensual, deberá ajustarse en caso de que el pactado en el contrato de trabajo sea una cantidad menor a $410.000.
Asimismo, en el caso de que se anticipe, abone o pague una cantidad periódica por concepto de gratificación, calculado en base al valor del ingreso mínimo mensual, deberá considerarse este nuevo valor.